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Si no pagas ganancias; como pedir la devolución del 35%

Tras las medidas impuestas por el Banco Central para desalentar la compra de dólares y el uso de moneda extranjera, una de las noticias fue que el recargo del 35% será sólo para quienes estén alcanzados por el Impuesto a las Ganancias.

En las últimas horas se aportó más información sobre cómo pedir la devolución de este porcentaje en caso de no entrar en esa categoría.

Quienes no paguen Ganancias ni Bienes Personales pueden elegir destinar ese monto al pago de otros impuestos o pedir a la AFIP el reintegro.

Esta solicitud podrá hacerse luego de que haya terminado el año calendario en el que se haya retenido el porcentaje. Esto quiere decir que el monto equivalente a los recargos de este año deberá hacerse en enero de 2021.

En el caso de que haya percepciones no informada a la entidad, estas se pueden cargar manualmente desde el mes subsiguiente a la fecha en que fueron hechas. Para esto será necesario tener el documento que lo certifique (extracto bancario, liquidación de la tarjeta, resumen, etc).

El proceso requiere ir al sitio web de la AFIP y entrar en la sección que se habilitará para este tipo de reclamos. Recordemos que para solicitar la devolución hay que tener Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Clave Fiscal e informar a la AFIP de la cuenta bancaria en la que hay que depositar.

Una vez solicitado, la AFIP controlará que quien pide la devolución no tenga bienes o activos que paguen Bienes Personales. En base a esto, la entidad puede aprobar o rechazar el trámite.

Si fue aprobado, el reembolso se transferirá a la cuenta bancaria que fue informada previamente y si fue rechazado, el organismo notificará al solicitante y le explicará los motivos. En este último caso, se podrá reclamar en los 15 días posteriores a la notificación.

En caso de no estar alcanzado por el pago de Ganancias, se puede solicitar la devolución del recargo del 35% por el Impuesto al dólar.