Ir al contenido

PODER JUDICIAL: MÁS DE LA MITAD DE LAS MEDIACIONES EN ASUNTOS DE FAMILIA CONCLUYERON CON ACUERDO

El Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos (CEMARC). lleva adelante la gestión de trabajo, de manera de dirimir los litigios mediante esta modalidad, conforme las líneas de gestión del Superior Tribunal de Justicia, en pos de optimizar el servicio que se brinda al justiciable.
En pos de brindar acercamiento entre las partes, evitando la litigiosidad y recarga jurisdiccional, la Dra. María Sara Agüero, coordinadora de CE.M.A.R.C informó que más del 50% de las causas tramitadas en Cemarc Capital, concluyeron con acuerdo.
En este sentido detalló que “en el 51% de los pedidos iniciados, las partes arribaron a un acuerdo, en relación al 40% aproximadamente de acuerdos alcanzados antes de la pandemia por coronavirus”.
“Solamente en Capital, en Mediación Familiar, se tramitaron alrededor de 1600 mediaciones, en Circunscripción Banda, 654 y en Frías, 153 legajos, lo que constituye un significativo aumento en la cantidad de trámites de la instancia pre judicial, todo esto en el marco de los dos Planes de Mediación vigentes en la actualidad”, manifestó”.
Asimismo, dichos planes de mediación se refieren a: Mediación Familiar (alimentos, régimen comunicacional y cuidado personal) y Civil y Comercial (daños y perjuicios, cobro de pesos, división de condominios, cumplimiento de contrato, cobro de alquiler, escrituración, pago por consignación, repetición de pago y cuestiones derivadas de las relaciones de familia) siempre que el monto esté comprendido entre los 50.000 y 600.000 pesos, siendo esta instancia prejudicial de carácter obligatoria también en las jurisdicciones de Banda y Frías.
Por otro lado, indicó la funcionaria judicial que “la mediación está compuesta por dos instancias, la virtual y la presencial. En la primera, la parte requerida debe dejar constancia de un número telefónico, el mediador se comunica para coordinar día y hora para el encuentro por medios tecnológicos. Caso contrario, al no tener el contacto del requerido, o no presta su consentimiento para la mediación virtual, se fija audiencia semipresencial, en la cual el requiriente se conecta de manera remota y en la oficina se encuentran de manera presencial el mediador y el requerido, al cual se lo cita por medida fehaciente para tener constancia de la situación”.
A través de estas medidas, el CeMARC busca dar una respuesta eficiente y eficaz a las solicitudes de los justiciables santiagueños, supeditando cada medida a las resoluciones implementadas por el Superior Tribunal de Justicia de la provincial.
Para más información, los letrados litigantes pueden solicitar información a los siguientes correos electrónicos: cemarccapital@jussantiago.gov.ar, cemarcbanda@jussantiago.gov.ar, cemarcfrias@jussantiago.gov.ar, mediacionpatrimonial@jussantiago.gov.ar.