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Poder judicial: Injurias en juicio, cómo regula la ley estas conductas

Las injurias, al igual que las calumnias son consideradas en la Legislación Nacional como delitos en contra del honor, ya sea por medio de una afirmación o una acusación, este tipo de conductas ilícitas buscan socavar el buen nombre de una persona.
Pero ¿qué ocurre cuando estos delitos se producen durante un juicio?, para ello, es importante antes determinar en qué consisten cada una de estos ilícitos.
En este marco, las injurias se definen como todas aquellas expresiones que vinculan a alguien con hechos o conductas falsas y que por ende atentaran contra su dignidad, en otras palabras, se tratan de difamaciones que buscan menoscabar el buen nombre del damnificado.
Por su parte las calumnias hacen referencia a una falsa imputación de un delito al damnificado.
Ambos hechos ilícitos, son considerados de instancia privada, es decir que judicialmente pueden ser perseguidos solo si el damnificado así lo desea y presenta las correspondientes denuncias de estos delitos que se encuentras tipificados en los art. 109 y 110 del Código Penal.
Establecidas estas nociones básicas, podemos afirmar que cuando estos se cometen en medio de un juicio, el Código Penal en su art. 115 establece que, “las injurias proferidas por los litigantes, apoderados o defensores, en los escritos, discursos o informes producidos ante los tribunales y no dados a publicidad, quedarán sujetas únicamente a las correcciones disciplinarias correspondientes”.
De esta forma, es posible determinar que si bien el art. 115, no justifica el hecho de que una parte injurie a otra dentro de un proceso, reconoce las circunstancias y la garantía de defensa que se otorga a toda persona dentro de un juicio, por lo que suelen otorgarse sanciones más benignas.
Por su parte, es importante determinar que la legislación reconoce solamente las injurias dentro del proceso y excluye los delitos de calumnias ya que se considera que existe interés social en la averiguación de las conductas del implicado.