El decreto 911/2021, publicado hoy en el Boletín Oficial, estableció la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2023.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca dispuso hoy la suspensión hasta fines de 2023 de las exportaciones de siete cortes parrilleros de consumo interno, y liberó al mismo tiempo el envío de carne de vacas tipo D, E y toro, también denominadas de conserva o de manufactura.
La cartera de Julián Domínguez oficializó así un paquete de medidas que tiene como objetivo establecer “un marco normativo para la comercialización y exportación ganadera” para 2022 y 2023.
Estas disposiciones, consensuadas con las entidades de productores y la industria frigorífica, buscarán dar previsibilidad y confianza al sector, garantizando la producción, la exportación y el consumo, según se destacó.
Las mismas habían sido anunciadas por Domínguez en diciembre en el marco de la presentación del plan ganadero GanAr, que incluye también la creación de líneas de créditos para impulsar la producción a tasa subsidiada por $100.000.
El decreto 911/2021, publicado hoy en el Boletín Oficial, estableció la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2023 de siete cortes de consumo masivo reservándolos para el mercado local: el asado con o sin hueso, falda, matambre, tapa de asado, nalga, paleta y vacío.
Del mismo modo, se suspende la exportación de las reses enteras, medias reses, cuarto delantero con hueso, cuarto trasero con hueso, medias reses incompletas con hueso y cuartos delanteros incompletos con hueso.
La medida, según señala el decreto, busca “contribuir a generar un equilibrio entre el mercado argentino y la exportación de productos cárnicos” y procura fomentar el “el agregado de valor” en la cadena dentro del país, promocionando la producción y el empleo.
Se exceptúan de las restricciones a los contingentes arancelarios otorgados por terceos países, como la cuota Hilton o el cupo de exportación a los Estados Unidos.
Asimismo, la cartera de Agricultura, Ganadería y Pesca también liberó hoy, en su totalidad, la exportación de carne de vacas de las categorías D y E, y de toro, exceptuando a los siete cortes preferidos señalados; así como en envío de los huesos con carne resultantes del deposte, a través de la resolución 301/21.
A tal efecto, se abrirá durante 60 días el registro de exportadores, los cuales, además, deberán presentar sus Declaraciones Juradas de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC) para las cuales se establece un plazo de cinco días hábiles para su aprobación.
Por último, se crea, en el ámbito del Ministerio de Agricultura, el Observatorio de la Producción de la Carne Vacuna, al cual se invitó para su conformación a los representantes de las provincias, las entidades del sector agropecuario, de la industria frigorífica, de engorde a corral, matarifes, abastecedores, productores exportadores y al Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina (IPCVA).