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Día “D”: entra en vigencia el mega DNU de desregulación económica del presidente Milei

El Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 de desregulación económica, dictado por el Gobierno de Javier Milei, comienza a regir hoy sin que la Justicia haya aún dado curso de manera favorable a reclamos de medidas cautelares de suspensión de su aplicación, en el marco de una treintena de amparos presentados por organizaciones sociales y sindicales, abogados constitucionalistas y ciudadanos particulares.

En el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal de la ciudad de Buenos Aires había, hasta ayer, al menos 25 amparos y otros dos de la CGT y la CTA ante la Justicia del Trabajo.

El DNU 70 fue firmado por el presidente Milei e integrantes del Gabinete, y publicado en el Boletín Oficial el 21 de diciembre último, por lo cual hoy se cumplen los ocho días establecidos por ley para que entre en vigencia.

El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Esteban Furnari rechazó ayer disponer una precautelar de suspensión de los efectos del DNU en el proceso colectivo iniciado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad porque “al día de la fecha, las disposiciones del DNU 70/2023 no han entrado en vigencia (cfr. arts. 5º y 6º CCyCN)”.

Por su parte, la CGT apeló ayer la decisión del juez nacional del Trabajo Ignacio Ramonet, que había desestimado ayer mismo el dictado de una medida cautelar “interina” que suspendiera el capítulo IV del Decreto vinculado a la reforma laboral porque aún no entró en vigencia.

El magistrado concedió la apelación, habilitó días y horas inhábiles del 28 y 29 de diciembre y ya giró el expediente a la sala ocho de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

En tanto, en el fuero Contencioso Administrativo Federal, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez reclamó el dictado de una medida precautelar para suspender el DNU en su totalidad, mientras tramita su amparo contra esa norma.

Como hecho novedoso, explicó ante el juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 7 que, al presentar además el proyecto de ley ómnibus para tratar en sesiones extraordinarias, el Gobierno incluyó “una cláusula de ratificación” del DNU, algo que implica el “reconocimiento” por parte del Poder Ejecutivo de que no hay motivos para que las reformas propuestas no se traten en el Congreso.

En ese mismo fuero ingresaron otras dos demandas contra el DNU: una del CELS y otra de la Confederación Argentina de Deportes, que resultaron sorteadas en diferentes juzgados.

El Centro de Estudios Legales y Sociales reclamó la inconstitucionalidad del DNU porque “se aparta del principio de división de poderes, así como suprime y restringe derechos, garantías individuales y colectivas de amplios sectores sociales”.

En otro de los amparos iniciados esta semana, la demandante Betina Stein presentó un recurso de revocatoria ante el rechazo por parte del juzgado interviniente, el Contencioso Administrativo Federal 8, a dictar la medida cautelar de suspensión a la espera de un informe “sobre la existencia de otro proceso colectivo”.

Finalmente, en La Plata, el juez federal Alberto Recondo rechazó una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el DNU al argumentar que “solo el carácter de ciudadano no otorga legitimación activa”.