Así lo establece el Código Electoral Nacional. Cambiemos presentó una medida cautelar para que Daniel Scioli no aparezca por cadena nacional. También hubo un pedido de la Justicia.
El Código Electoral Nacional establece que, a quince días de los comicios nacionales “la publicidad de actos de gobierno no podrán tener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos”.
Así lo indica el artículo 64 Quater, el cual precisa: “Queda prohibido durante los quince días anteriores a la fecha fijada para la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo”.
Con fundamento en este artículo, la Justicia le pidió al Gobierno mediante una resolución que “resulta necesario requerir que se evite la realización de actos que desconozcan las restricciones”.
La preocupación de la oposición se debe a que Cristina Kirchner había utilizado la cadena nacional a sólo cuatro días de las PASO nacionales. En lo que va del año, la jefa de Estado recurrió a esa herramienta en 44 oportunidades. Este viernes, la Presidente la utilizó nuevamente y se mostró junto a Carlos Zannini y Alicia Kirchner. Ambos son candidatos en los comicios que tendrán lugar en quince días.
En este contexto, Cambiemos, el partido liderado por el candidato presidencial Mauricio Macri, presentó una medida cautelar para evitar que su rival del FpV, Daniel Scioli, aparezca en actos junto a la Presidente.
El texto señala que si eso ocurriese, significaría “una violación a los límites que establece la legislación”. Además, los apoderados de Cambiemos advirtieron que “en ocasiones, el mensaje que contiene la cadena oficial puede -en forma encubierta- promover el conocimiento y legitimidad a nivel nacional de uno o más candidatos que participan y/o presencian las cadenas nacionales, excediendo en forma clara los objetivos legítimos de este recurso”.