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Enriquecimiento ilícito: la Justicia le dio 15 días a Manuel Adorni para justificar su patrimonio

La medida se tomó tras el informe técnico de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJuDeCO), el organismo encargado de analizar sus cuentas, que habría detectado irregularidades en su evolución patrimonial incompatibles con sus ingresos declarados como funcionario.

El fiscal federal Gerardo Pollicita le exigió al exjefe de Gabinete Manuel Adorni que justifique el aumento de su patrimonio en un plazo de 15 días, en la causa que lo investiga por presunto enriquecimiento ilícito.

El requerimiento fue enviado este lunes y contiene más de 20 preguntas clave sobre sus bienes, ingresos y movimientos bancarios.

La medida se tomó tras el informe técnico de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJuDeCO), el organismo encargado de analizar sus cuentas, que habría detectado irregularidades en su evolución patrimonial incompatibles con sus ingresos declarados como funcionario.

De acuerdo con lo publicado por el portal de noticias TN, según consta en el documento judicial, el análisis conjunto y pormenorizado de la prueba reunida, incluido el análisis técnico de la SIFRAI-DAFI, cotejada con las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales públicas y reservadas y sus rectificativas, “permitió advertir las inconsistencias que sustentan el requerimiento de justificación patrimonial”.

La fiscalía intimó a Adorni para que justifique su aumento patrimonial en un plazo de quince días. La medida incluye los incrementos, compras y desembolsos reconstruidos que, “confrontados con los ingresos lícitos comprobados del grupo familiar, no encuentran hasta el momento explicación suficiente”.

El requerimiento fue confeccionado a partir del análisis patrimonial y financiero realizado por la DAFI sobre Adorni y su pareja, Bettina Angeletti. Ese estudio había detectado “inconsistencias” en la evolución de sus patrimonios, aunque no estableció una cifra concreta sobre un eventual desbalance patrimonial.

La elaboración del informe había sido solicitada por Pollicita con el objetivo de reconstruir de manera integral la evolución del patrimonio de Adorni y Angeletti desde el 14 de diciembre de 2023 hasta la actualidad.

El fiscal trabajó durante la feria judicial para terminar este requerimiento de justificación patrimonial, que muchos consideran una “indagatoria blue”.

El propósito era reunir elementos suficientes para determinar si existía algún desbalance que justificara un pedido de explicaciones patrimoniales antes de avanzar en la causa.

Con ese informe ya incorporado al expediente, la fiscalía avanzó con la redacción del requerimiento de justificación patrimonial. El documento, incluye, 20 preguntas específicas que deberán ser respondidas por Adorni para explicar distintos aspectos vinculados con la evolución de su patrimonio.

Irán desde cuestiones vinculadas a sus rectificaciones de las declaraciones juradas, sus gastos en efectivo en el exterior y los arreglos en la casa de Indio Cua.

El trabajo realizado por la DAFI comprendió un análisis individual de Adorni y Angeletti, así como una evaluación consolidada del grupo familiar. Entre los puntos analizados figuró la composición y evolución de los bienes, disponibilidades, inversiones, créditos y deudas existentes al inicio y al cierre de cada uno de los períodos investigados.

Además, el organismo debía identificar los ingresos y las fuentes de fondos que contaran con respaldo documental y diferenciarlos de movimientos que no representaran nuevas fuentes de dinero, como transferencias entre cuentas propias o de integrantes del grupo familiar, movimientos internos, rescates de inversiones, devoluciones, reintegros, préstamos, ventas de activos, conversiones de moneda y acreditaciones provenientes de terceros.

Otro de los ejes del análisis consistió en reconstruir las entradas y salidas de fondos para relacionarlas con la adquisición de bienes, los gastos corrientes y extraordinarios, los consumos, los pagos realizados en efectivo o en moneda extranjera y la cancelación de pasivos.

Para evitar duplicaciones, el fiscal también había solicitado depurar aquellas operaciones que no implicaran nuevas aplicaciones o ingresos de fondos, como las transferencias internas y las conversiones de moneda.

El informe técnico también contempló la comparación entre las distintas declaraciones juradas patrimoniales y sus eventuales rectificaciones. En ese marco, se buscó identificar modificaciones en la composición y valuación de activos y pasivos, el origen atribuido a cada variación y el impacto cuantitativo de esos cambios sobre la evolución patrimonial.

El informe técnico también contempló la comparación entre las distintas declaraciones juradas patrimoniales y sus eventuales rectificaciones. En ese marco, se buscó identificar modificaciones en la composición y valuación de activos y pasivos, el origen atribuido a cada variación y el impacto cuantitativo de esos cambios sobre la evolución patrimonial.

La investigación también puso el foco sobre la operatoria con criptoactivos. La DAFI debía integrar la información proveniente de plataformas, cuentas y billeteras vinculadas con activos virtuales, distinguiendo depósitos, retiros, compras, ventas, permutas y transferencias. Esa información debía ser contrastada con las declaraciones juradas patrimoniales y con los antecedentes bancarios, fiscales y patrimoniales incorporados al expediente.

El análisis de las criptomonedas aparece entre los aspectos sensibles de la investigación debido a los supuestos US$200.000 que Adorni afirmó haber invertido en Bitcoin. Según trascendió, la elaboración del informe técnico sufrió demoras por la incorporación de nuevos estudios relacionados con ese punto.

Otro de los aspectos revisados fue el costo, la fecha de adquisición, la modalidad de pago y la fuente de financiamiento de los bienes incorporados al patrimonio, además de las erogaciones y obligaciones invocadas. En los casos de préstamos, mutuos u otras formas de financiamiento, el fiscal solicitó analizar la capacidad económica involucrada y detectar eventuales diferencias entre los instrumentos utilizados, las declaraciones juradas, las escrituras, los registros y la documentación respaldatoria.

Como parte del estudio, la DAFI también debía elaborar una ecuación patrimonial anual y acumulada, tanto individual como consolidada para el grupo familiar. El objetivo consistía en confrontar los ingresos lícitos y las disponibilidades iniciales acreditadas con la incorporación de bienes, los gastos, los consumos y la cancelación de pasivos.

A partir de ese cruce, el informe debía permitir identificar aquellas partidas u operaciones que no guardaran correspondencia con los ingresos y disponibilidades acreditadas, presentaran respaldo incompleto, hubieran cambiado de explicación entre distintas declaraciones o no pudieran ser conciliadas.

La causa por presunto enriquecimiento ilícito contra Adorni permanece en etapa de instrucción. En paralelo, también se tramita otro expediente vinculado con el viaje que realizó durante el feriado de Carnaval a Punta del Este en un vuelo privado junto con su familia y el periodista Marcelo Grandio.

En esa investigación se busca establecer quién afrontó los costos del traslado y analizar el vínculo entre Adorni y el empresario, además de los contratos que este último habría mantenido con la TV Pública y otros organismos estatales.

Las claves del pedido de la fiscalía a Manuel Adorni para que justifique sus bienes luego de detectar irregularidades en su evolución patrimonial

El origen de los dólares estadounidenses en efectivo en el país declarados en las Declaraciones Juradas de los ejercicios investigados.

Respecto de los mutuos invocados con dos familiares, Silvia Pais y Norma Zuccolo, “deberá acreditar su existencia y fecha cierta, la efectiva entrega de los fondos, su aplicación y la evolución de las obligaciones”.

La fuente de los fondos empleados para la adquisición de un automotor marca Jeep.

El origen de los fondos destinados a la compra del lote 380 del Country Indio Cuá y a la tasa de ingreso al emprendimiento, entre otros requerimientos.

La procedencia de los fondos destinados a la remodelación integral de la vivienda del lote 380 del Country Indio Cuá, puntualmente, los US$245.000 que se pagaron a Matías Tabar por tales trabajos, debiendo individualizar el origen de cada suma y acompañar los recibos y demás constancias de respaldo.

La fuente de los fondos abonados a Matías Tabar por los muebles del inmueble de Miró 550, cuyo precio fue pagado en dólares y en efectivo.

El origen de los fondos empleados para la compra del inmueble de Miró 550, así como la naturaleza y los términos de dicha operación.

El origen, la naturaleza y el respaldo de los ingresos no alcanzados por el impuesto a las ganancias o exentos que el ex funcionario invocó en sus Declaraciones Juradas, entre otros.

La fuente del dinero en efectivo —en pesos y en moneda extranjera— empleado para afrontar viajes al exterior, alquileres temporarios, expensas, cuotas y matrículas escolares.

La razón y las condiciones de la reiterada utilización de terceros para adquirir los bienes y afrontar pagos por cuenta suya y de su grupo familiar, así como la procedencia del dinero en efectivo con que reintegraba esas operaciones, precisando en cada caso los bienes o servicios de que se trató, los importes y las fechas.

El detalle de su operatoria con criptoactivos y, en particular, el origen del capital con el que afirma haberla iniciado.

La forma en que concilia el nivel de gastos y movimientos financieros acreditado en sus cuentas, en particular, la cuenta sueldo del Banco de la Nación Argentina y las cuentas de su cónyuge, sus tarjetas de crédito y sus billeteras virtuales, con los ingresos lícitos acreditados del grupo familiar.

Respecto de los veinte comprobantes informados ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero en los años 2024 y 2025, por un monto mayor a 6 millones de pesos, cuyo pago no pudo conciliarse con las tarjetas de crédito, con las cuentas bancarias ni con los pagos canalizados por plataformas, y de las dieciséis facturas de una empresa por más de 2 millones de pesos, con relación a las cuales se registran pagos que no coinciden con el importe de cada comprobante, tendrá que explicar si las operaciones que documentan se concretaron efectivamente, su estado de cancelación y, en su caso, la fecha, el medio de pago empleado y el origen de los fondos con que fueron afrontadas, así como el nivel de adquisiciones registrado bajo su CUIT durante ese período en ausencia de toda actividad comercial que lo respalde.

En caso de haberse cancelado las deudas con el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. declaradas con la misma entidad, la fecha, el pagador, el medio de pago y el origen de los fondos con que se afrontó esa cancelación.

La causa y el medio de pago de los honorarios notariales facturados por la escribana Adriana Mónica Nechevenko, a Bettina Julieta Angeletti correspondientes a las tres operaciones inmobiliarias del matrimonio, y la razón por la cual fueron facturados íntegramente a la nombrada.

La razón por la cual personas de su entorno registran consumos como usuarios adicionales de dos tarjetas vinculadas a Adorni, quién canceló cada liquidación y si mediaron reintegros, con indicación de fecha, importe y medio.

Si la facturación emitida por una concesionaria automotor a Angeletti por más de cuatro millones de pesos en el año 2026 corresponde a la adquisición de un rodado no declarado, a una operación accesoria de la ya tenida en cuenta para el cálculo o a otro concepto, con individualización del bien, el precio, la forma de pago y el origen de los fondos.

El concepto y el origen de las acreditaciones de carácter no salarial recibidas en su cuenta sueldo del Banco de la Nación Argentina que no provienen de organismos del Estado ni de movimientos entre sus propias cuentas, precisando su causa.

El criterio con que determinó el valor de las mejoras incorporadas al inmueble de Miró 550. Deberá precisar a qué desembolsos concretos respondieron esas mejoras, con qué fondos se afrontaron y en qué proporción se las atribuyó cada cónyuge.

La forma de valuación y el origen de los fondos aplicados a las mejoras declaradas sobre el lote 380 del Country Indio Cuá.

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