El afiliado deberá hacerse cargo del servicio eligiendo una empresa fúnebre y el monto que desea gastar. La obra social le aportará un fondo para cubrir parte de ese costo. “El objetivo es reformular las prestaciones para afrontar la crisis que vive todo el país”, dijo Raúl Ayuch, su titular.
El Iosep anunció un cambio en la modalidad de cobertura por fallecimiento. A partir del 1º de febrero el afiliado deberá costear por su cuenta los gastos que implique el servicio de sepelio y posteriormente “se reintegrará en efectivo un monto determinado por el servicio”, a partir de la implementación de un fondo de contención familiar.
Así lo explicó el interventor del Iosep, CPN Raúl Ayuch, quien aseguró que el organismo “seguirá con la cobertura del servicio de sepelio, sólo que ahora el afiliado se hace cargo de contratar la empresa fúnebre y con el acta de defunción se debe presentar luego en la obra social para que se le reponga una cifra determinada en efectivo”, comentó.
Garantizó que será “un trámite sencillo y rápido”. En tanto, agregó que “si el servicio requiere de traslados al interior se incluirá otro monto, así como también si ese servicio fúnebre sería fuera de la provincia. Con esto, dejamos en claro que no dejamos de cubrir, sino que cambiamos la modalidad”, remarcó.
Sobre la decisión del organismo de desvincularse con la empresa prestadora del servicio fúnebre, dijo que responde a “una iniciativa de la obra social con el fin de reformular muchas prestaciones y poder soportar la crisis económica y financiera que vive el país y que impactó en el sistema de salud”.
Raúl Ayuch explicó que en el caso de fallecimiento del afiliado titular, “las deudas con la institución quedan automáticamente extinguidas, liberando a la familia de toda obligación al respecto”, con ello, puso de relieve “el esfuerzo institucional del Iosep en la contención familiar”.
Ahondó que en muchos casos “existen cifras muy elevadas (de deudas del fallecido con el Iosep), que a veces representan el valor de 10 o 20 servicios, entonces hay que ver la cobertura en su totalidad. No sólo hay que ver que se va a colaborar con los gastos del sepelio y traslado, sino que le vamos a quitar a los familiares del titular el peso de los coseguros que se adeuda, por créditos que otorgamos y que a veces son cifras impresionantes”.
También sostuvo que “son comprensibles los casos de familias que quieren algo más y mejor en cuanto al servicio fúnebre que la obra social les venía dando. Para poder hacer esto cambiamos por el sistema que tiene el Pami hace muchos años y lo sigue sosteniendo”, comentó Ayuch.
Para solicitar el fondo de contención familiar se exigirá ahora: formulario de solicitud, acta de defunción, carné original y copia del afiliado fallecido (titular/beneficiario), copia del carné afiliado titular (beneficio fallecido), copia del último recibo de cobro del titular, copia de DNI del solicitante, certificación de vínculos (acta de matrimonio) de nacimiento, poder de los herederos a favor del solicitante o declaratoria de herederos, etc), constancia de la empresa que realizó el servicio de sepelio y/o del traslado de restos, formulario de fianza a favor del Iosep y número del CBU.